08 mayo 2019

¿Tu empresa ya dispone de un Sistema de Registro de Jornada Laboral ?

TimeNet Sistema On-Line de Registro de Jornada Laboral
A partir de mayo todas las empresas deberán tener un sistema de control de horarios para poder registrar las horas de entrada y de salida de sus trabajadores, y computar la jornada laboral de cada uno/a, así lo establece la nueva normativa que entra en vigor el 12 de mayo de 2.019.

Esta normativa se ha establecido porque se ha detectado que en muchas empresas se hacen muchas horas extras que ni se pagan, ni tampoco se cotizan, y esto supone una gran pérdida de dinero para el sistema público de la seguridad social, y también una disminución de la oferta de lugares de trabajo. Detrás de esta ley también hay la pretensión de ayudar a conciliar la vida laboral y la familiar, una asignatura pendiente para una sociedad actual.

Hasta ahora tan solo era obligatorio registrar la jornada laboral de trabajadores a tiempo parcial, pero el Decreto Ley publicado este mes de marzo, establece de forma muy clara que a partir del mayo de 2019 se deberá tener un registro de la jornada laboral de todos/as los/las trabajadores/as de la organización, y guardarlo durante 4 años.

Ante esta nueva normativa urge buscar soluciones efectivas que permitan implantar de forma ágil y sencilla este sistema de control de horarios, y registrar fácilmente las horas de trabajo y los posibles absentismos de la plantilla empresarial.

Registro de la jornada laboral diaria
En el redactado del decreto se añade la obligación de registrar el horario concreto de entrada y salida de cada persona trabajadora. Es decir, el registro que se establezca en las empresas debe contener específicamente las horas concretas de trabajo de cada empleado.

Sanciones por no tener un registro de la jornada de trabajo
El no tener un control horario comportará una sanción grave para la empresa. Este tipo de sanción se traduce en multas de entre 626€ y 6.250€.

Registros disponibles durante cuatro años
El empresario tendrá la obligación de conservar los registros de la jornada laboral durante cuatro años. Durante este periodo, los registros deben estar a disposición de los trabajadores, sindicatos, Inspección de Trabajo y la Seguridad Social.

En Mayo entra en vigor la normativa
A partir de la publicación del decreto ley, se dan dos meses de tiempo a las empresas para preparar y tener en marcha un registro de la jornada laboral y evitar así posibles infracciones en el cumplimiento de la normativa.

¡No se juegue una sanción y registre la jornada laboral de sus empleados!


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